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Nuevo Modelo (100) de Declaración de la Renta.

Publicado por Antonio Esteban en marzo 31, 2010

En cumplimiento de las habilitaciones normativas del último año se ha aprobado, con la Orden de Economía y Hacienda que reproducimos a final de la página, el modelo (100) de declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que deben utilizar tanto los contribuyentes obligados a declarar en el ejercicio 2009 por este impuesto como los contribuyentes no obligados a declarar que soliciten la devolución derivada de la normativa del citado tributo que, en su caso, les corresponda.

A este respecto, el modelo de declaración que se aprueba en la presente orden da respuesta a lo establecido en el artículo 38.5 de la citada Ley 21/2001, de 27 de diciembre, en cuya virtud los modelos de declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas serán únicos, si bien en ellos deberán figurar debidamente diferenciados los aspectos autonómicos, con el fin de hacer visible el carácter cedido del impuesto.

Así, el modelo de declaración aprobado deberá ser utilizado por todos los contribuyentes, cualquiera que sea la Comunidad Autónoma de régimen común en la que hayan tenido su residencia en el ejercicio 2009, tanto si resultan obligados a declarar como si no lo están y solicitan la devolución derivada de la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que, en su caso, les corresponda.

Las novedades más relevantes del modelo de declaración aprobado tienen por objeto reforzar la percepción del IRPF como un tributo parcialmente cedido y mejorar la visualización de los conceptos e importes en que se materializa dicha cesión.

  • A tal efecto, se han reunido en la página 13 de la declaración todas las operaciones de liquidación, organizadas en dos columnas, expresivas de los importes, estatal y autonómico, correspondientes a cada uno de los conceptos que integran el procedimiento liquidatorio del impuesto.
  • También constituyen novedades del modelo de declaración la incorporación en las páginas 5, 6 y 7 de la nueva reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo establecida en la disposición adicional vigésima séptima de la Ley del Impuesto añadida, con efectos desde 1 de enero de 2009 y vigencia indefinida, por el artículo 72 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010.
  • Asimismo se modifica, en el apartado M de la página 12 dedicado a datos adicionales.
  • Además, para los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de sus actividades económicas por el método de estimación objetiva, las páginas 6 y 7 incorporan la reducción establecida en la disposición adicional primera de la Orden EHA/99/2010, de 28 de enero, por la que se desarrollan para el año 2010 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Se completan las novedades del modelo de declaración con la introducción de dos nuevas casillas en las páginas 1 y 2, la primera, para indicar si se ha producido cambio de domicilio desde la anterior declaración presentada sin haber comunicado previamente dicho cambio y, la segunda, para que los contribuyentes que así lo deseen puedan manifestar su voluntad de que la Agencia Estatal de Administración Tributaria ponga a su disposición el borrador de declaración o los datos fiscales del ejercicio 2010 a través de su página en Internet, en lugar de que proceda a su envío por correo ordinario.
  • Finalmente, en el Anexo C del modelo de declaración que recoge las «Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial», se actualiza la relación de regímenes especiales de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público que en el ejercicio 2009 han dado derecho a tales deducciones.
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