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Los plazos para la facturación

Publicado por Antonio Esteban en septiembre 15, 2010

La legislación vigente en materia de facturación indica que la correcta gestión de los distintos tributos exige que la Administración tributaria disponga de una adecuada información, especialmente en lo referente a las transacciones económicas derivadas del desarrollo de actividades empresariales o profesionales. De ahí la importancia de que los empresarios y profesionales cumplan correctamente el deber de expedir factura por cada una de las operaciones que realicen sin que ello, por otra parte, deba perturbar el normal desarrollo de sus actividades.

Resulta conocido que, en nuestro país, el plazo para la expedición de las facturas o documentos sustitutivos queda regulado en los siguientes términos:

  • Las facturas o documentos sustitutivos deberán ser expedidos en el momento de realizarse la operación.

No obstante, cuando el destinatario de la operación sea un empresario o profesional que actúe como tal, deberán expedirse dentro del plazo de un mes contado a partir del citado momento.

En todo caso, las facturas o documentos sustitutivos deberán ser expedidos antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación del impuesto en el curso del cual se hayan realizado las operaciones.

  • A los efectos de este reglamento, las operaciones se entenderán realizadas en la fecha en que se haya producido el devengo del impuesto correspondiente a las citadas operaciones.

La recomendación que se ha propuesto recientemente ha sido la de unificar los plazos de forma que exista para todos los Estados miembros el mismo, pudiendo ser el que se prevé para las adquisiciones intracomunitarias en las que las facturas no pueden emitirse más tarde del 15 del mes siguiente a aquel en el que tiene lugar el devengo del impuesto.

Esta propuesta es muy importante porque, si observamos la tabla adjunta, nos encontramos con que hay plazos realmente reducidos para la emisión como los de Portugal o Italia y que hay realmente 27 plazos distintos, a pesar de que en varios países aplica el mismo.

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Una respuesta hacia “Los plazos para la facturación”

  1. BlogESfera.com escribió

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