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Archivos de la categoría ‘Retenciones’

Impacto (recaudación) de las últimas modificaciones tributarias

Publicado por Antonio Esteban en noviembre 27, 2012

La Agencia Tributaria acaba de publicar el detalle de las medidas de consolidación fiscal que han tenido impacto en la recaudación hasta el mes de octubre. A la actualización de las medidas que ya estaban en meses anteriores, se añaden ahora las siguientes novedades normativas introducidas en julio:

  • Las modificaciones en el cálculo de la base y el aumento de tipos en los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, cuyo impacto es de unos 3.000 millones. En el conjunto del año el efecto de las medidas adoptadas en marzo y julio asciende a 3.444. Hasta septiembre el incremento se valoraba en 823 millones. La diferencia entre los 3.444 millones y los más de 3.800 que saldrían de sumar a la cifra de septiembre el nuevo impacto se debe a la subida de tipos de agosto de 2011, que tuvo efecto en el primer pago a cuenta pero que, por la forma en que se declara en estos pagos (de manera acumulada), se cancela con mayores minoraciones en el segundo.

  • La subida de tipos en el IVA con un resultado de 1.007 millones adicionales. Esta cifra incluye el impacto de septiembre, mes en el que se empezó a ingresar la subida en el IVA liquidado en las Aduanas, y octubre, que recoge ya el impacto en las operaciones interiores.
  • El aumento del tipo de retención del 15 al 21% en actividades profesionales, que se estima en 47 millones.
  • Las medidas que afectan el IE sobre Labores del Tabaco que incluyen la subida de tipos en cigarros y picadura con efectos desde julio, y los ajustes en cigarrillos para acomodar la subida del IVA vigentes desde comienzos de septiembre

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Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta

Publicado por Antonio Esteban en octubre 3, 2012

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Retenciones sobre rendimientos satisfechos a empleados del hogar

Publicado por Antonio Esteban en julio 2, 2012

La obligación de practicar retenciones e ingresos a cuenta se establece en el artículo 99 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF por lo que se refiere a las rentas sujetas a la misma, y a los obligados a practicarla— en los artículo 75 y 76 del Reglamento del IRPF.

Respecto a la determinación del sometimiento a retención de los rendimientos satisfechos a empleados del hogar, el artículo 75.1 del RIRPF incluye los rendimientos del trabajo entre las rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta, siendo esta calificación —la de rendimientos del trabajo— la que procede  en cuanto los mismos proceden de una relación laboral.

Por otra parte, la práctica de las retenciones exige la existencia de un sujeto obligado a retener, que regula el artículo 76.1 del Reglamento del Impuesto en los siguientes términos:

Con carácter general, estarán obligados a retener o ingresar a cuenta, en cuanto satisfagan rentas sometidas a esta obligación:

  • Las personas jurídicas y demás entidades, incluidas las comunidades de propietarios y las entidades en régimen de atribución de rentas.
  • Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas, cuando satisfagan rentas en el ejercicio de sus actividades.
  • Las personas físicas, jurídicas y demás entidades no residentes en territorio español, que operen en él mediante establecimiento permanente.
  • Las personas físicas, jurídicas y demás entidades no residentes en territorio español, que operen en él sin mediación de establecimiento permanente, en cuanto a los rendimientos del trabajo que satisfagan, así como respecto de otros rendimientos sometidos a retención o ingreso a cuenta que constituyan gasto deducible para la obtención de las rentas a que se refiere el artículo 24.2 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

De acuerdo con lo expuesto, si los rendimientos del trabajo son satisfechos por una persona física en un ámbito particular (es decir, no empresarial ni profesional):

  • no procederá la práctica de retenciones sobre los rendimientos del trabajo que el consultante satisfaga a su empleado del hogar,
  • por lo que —evidentemente— aquél queda al margen de las obligaciones formales y materiales que la normativa establece para los obligados a retener o ingresar a cuenta.

Documentación:

Imagen: Parque 7

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Retenciones 2012

Publicado por Antonio Esteban en enero 31, 2012

Como consecuencia de las medidas introducidas por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, se procederá a la adaptación de la herramienta para el cálculo de las retenciones a efectuar a partir de 1 de febrero de 2012.

Nuevo servicio on line para el cálculo de retenciones que permite realizar los cálculos sin necesidad de instalar el programa de ayuda en el equipo del usuario

Especificaciones para el desarrollo informático del algoritmo de cálculo de retenciones del trabajo personal IRPF 2012 (versión de 27/01/2012)

Especificaciones para el desarrollo informático del algoritmo de cálculo de retenciones del trabajo personal IRPF 2012 (versión de 23/12/2011)

Actualización (1/2/2012) de la Agencia Tributaria
Disponible el programa de ayuda para el cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2012, adaptado a las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 20/2011, de 31 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
También está disponible el servicio on line para el cálculo de retenciones, que no requiere la descarga del programa en el equipo del usuario.  Se han adaptado ambas herramientas para el cálculo de las retenciones a efectuar a partir de 1 de febrero de 2012.

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Retenciones IRPF 2012 (programa de ayuda)

Publicado por Antonio Esteban en diciembre 27, 2011

Especificaciones para el desarrollo informático del algoritmo de cálculo de retenciones del trabajo personal IRPF 2012 (versión de 23/12/2011)

Además, como novedad para 2012, está disponible un nuevo servicio on line para el cálculo de retenciones que no requerirá descarga del programa en el equipo del usuario.

Fuente: Agencia Tributaria.

Actualización (1/2/12) de la Agencia Tributaria

Disponible el programa de ayuda para el cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2012, adaptado a las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 20/2011, de 31 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. También está disponible el servicio on line para el cálculo de retenciones, que no requiere la descarga del programa en el equipo del usuario.  Se han adaptado ambas herramientas para el cálculo de las retenciones a efectuar a partir de 1 de febrero de 2012.

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