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IVA no repercutido Vs. gastos deducibles

Publicado por Antonio Esteban en abril 23, 2012

En esta entrada nos ocupamos de la incidencia de la falta de repercusión a sus clientes del IVA devengado en las entregas realizadas y de las que no se emite factura, cuando se produce por su propia voluntad, sin que exista una causa ajena que hubiera impedido su repercusión.

En esta situación, además, si ha transcurrido el plazo de un año desde el devengo del impuesto para su repercusión sin proceder a ésta, en opinión de la Dirección General de Tributos, DGT consulta 22/12/2010, supone una renuncia voluntaria a su derecho a obtener del cliente el importe correspondiente al impuesto devengado, debiendo calificarse por tanto como una liberalidad.

Recordamos que la legislación vigente, en relación con la repercusión del IVA establece que deberá efectuarse mediante factura o documento sustitutivo, en las condiciones y con los requisitos que se determinen reglamentariamente, en los siguientes términos:

  • A estos efectos, la cuota repercutida se consignará separadamente de la base imponible, incluso en el caso de precios fijados administrativamente, indicando el tipo impositivo aplicado.
  • Se exceptuarán de lo dispuesto en los párrafos anteriores de este apartado las operaciones que se determinen reglamentariamente.
  • La repercusión del Impuesto deberá efectuarse al tiempo de expedir y entregar la factura o documento sustitutivo correspondiente.
  • Se perderá el derecho a la repercusión cuando haya transcurrido un año desde la fecha del devengo.
  • El destinatario de la operación gravada por el Impuesto sobre el Valor Añadido no estará obligado a soportar la repercusión del mismo con anterioridad al momento del devengo de dicho impuesto.

 Por otra parte, la citada liberalidad no se encuentra comprendida dentro de los supuestos que el artículo 14.1.e) del TRLIS, por lo que los gastos que se deriven de dicha renuncia voluntaria no pueden considerarse como gastos deducibles a efectos de la determinación del rendimiento de la actividad económica desarrollada.

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